No es raro encontrarse con personas que no conocen los permisos a los que se tiene derecho como trabajador, por eso hoy desde este nuevo post de nuestra gestoría de empresas y autónomos en Alcobendas, vamos a hacer un breve repaso.

Hay que decir que estos consentimientos siempre deben ser pactados entre el empresario y el trabajador, y muchos de los permisos están regidos por un convenio colectivo o por el Estatuto de los Trabajadores.

- Matrimonio: en el caso del matrimonio, civil o religioso, el trabajador puede disfrutar de un permiso de 15 días.

- Embarazo: durante la gestación, la trabajadora tiene permitido ausentarse para realizarse las pruebas oportunas si se tratan dentro de la jornada laboral. También puede ausentarse para desarrollar técnicas de preparación para el parto, si es preciso.

- Maternidad y paternidad: aunque tiene más de un detalle, generalizando el permiso asciende a 16 semanas.

- Adopción: en este caso el permiso se ajusta a la maternidad teniendo en cuenta el momento de la resolución judicial de la adopción, la tutela o el acogimiento.

- Lactancia: si tenemos un hijo menor de 9 meses podremos ausentarnos de nuestro trabajo durante 1 hora, que se podrá dividir en fracciones de media hora. Esto da derecho a la reducción de la jornada de trabajo en media hora.

- Por traslado de domicilio: el trabajador tiene derecho a ausentarse un día por motivo de traslado de domicilio.

Desde nuestra gestoría de empresas y autónomos en Alcobendas podemos resolver todas tus dudas y prestarte los mejores servicios especializados sin importar tu actividad empresarial. Cuenta siempre con nuestra ayuda. Asesoría Empresarial Solfer.